El lunes 19 de Marzo de 2018 el agua que distribuye Aguas Andinas en un sector de las comunas de La Reina y Las Condes, fue contaminada por el vertido de contaminantes provenientes de baños químicos. Atendiendo a eso y sintiendo que se había vulnerado el «derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación» la abogada y vecina de La Reina, señora Marta de la Fuente presentó un recurso de protección en contra de Aguas Andinas. A este recurso se hicieron parte la Junta de vecinos número 12 F, La Coodinadora vecinal de La Reina y el Comité Ambiental Comunal de La Reina.
«El día de los acontecimientos, tomé un vaso de agua como acostumbro… le sentí un olor … a caca», Susana Rogers, dirigenta vecinal
La recurrente, alegó frente a la corte de apelaciones el día de hoy indicando que:
Aguas Andinas no tomó las medidas para impedir el acceso a las cámaras, ya que existe un informe que indica que de las 5 cámaras del sector 3 carecían de protección o señalética que indicara que se trataba de una red de agua potable y no de alcantarillado, lo que permitió que un tercero vertiera deshechos de baños químicos en la red de agua potable.
Así mismo alegó que la empresa no informó por medios de comunicación masiva la situación, como indica la ley, sino que lo hizo a destiempo y por un mensaje de twitter.
Se solicitó por tanto que la corte ordene:
- Que la empresa adopte las medidas preventivas y correctivas en el plazo de un mes o lo que la sala dictamine
- Que se implemente un protocolo de urgencia para una reacción oportuna frente a hechos similares
En el mismo sentido alegó también el abogado Eduardo Aguirre, en representación de las organizaciones arriba mencionadas. El profesional es también vecino de la comuna
Aguas Andina por su parte alegó que:
Tomó las medidas adecuadas vaciando y sanitizando los estanques afectados y la red de distribución
Garantizó la calidad del servicio
No hubo peligro para la salud y que sólo se produjo un problema de malos olores
Además indicó que habiéndose dado por superado el incidente no existe vulneración de los derechos de la población por lo que no procede el recurso
La causa quedó en acuerdo en la novena sala de la corte de apelaciones de Santiago